Unifica jurisprudencia en el sentido que “los permisos sindicales, en tanto se pretendan regulados de manera distinta –superior– a la establecida por la ley, deben corresponder, o ser producto de una negociación que conste por escrito”
Yáñez Monje, E. (2016). Unifica jurisprudencia en el sentido que “los permisos sindicales, en tanto se pretendan regulados de manera distinta –superior– a la establecida por la ley, deben corresponder, o ser producto de una negociación que conste por escrito”. Revista Chilena De Derecho Del Trabajo Y De La Seguridad Social, 4(8), pp. 177–181. https://doi.org/10.5354/0719-7551.2013.42764